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Administración, proyectos y desarrollo comunitario Capacitación, asesorías y consultorías
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1.3.4. Cálculo de impuestos Para el caso del cálculo de los impuestos se
tendrá en cuenta en primer lugar la legislación tributaria vigente y en segundo
lugar se armará el flujo de fondos de tal suerte que se rebajen hasta donde la
ley lo permita el monto de impuestos a pagar, para lo cual nuestros asesores
son expertos en realizar cálculos muy refinados, como por ejemplo descomponer
las cuotas a pagar de los créditos, en sus dos componentes por un lado los
intereses que son deducibles y por otro lado las amortizaciones que no lo son,
o también a incluir las depreciaciones como costos deducibles, porque así lo
permite la ley para luego volver a incluir esas mismas depreciaciones en el
flujo de fondos pero con signo positivo, para anular de la contabilización como
deducible. En este sentido el presente servicio de consultoría tratará de
favorecer a la Cooperativa o la Pyme dueña del proyecto sin violar la norma
tributaria. |
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Copyright© 2003,
Armando Malebranch Eraso
D.